Lineamientos para atender la ola de frío en los establecimientos escolares (Circular N° 14/25)

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La Circular N° 14/2025 del Consejo General de Educación de Entre Ríos, emitida el 1° de julio de 2025, establece lineamientos para atender la ola de frío en los establecimientos educativos.

Se requiere que las Direcciones Departamentales de Escuelas, junto con los Equipos Supervisores y los Establecimientos Educativos, evalúen y diseñen planes de acción para atenuar el impacto de la ola polar en la comunidad educativa, protegiendo la trayectoria escolar.

Los establecimientos educativos deben permanecer abiertos, cumpliendo su labor de manera normal y habitual, garantizando el servicio educativo y de comedores, adoptando las medidas necesarias.

Se debe recomendar a padres, tutores o responsables legales que, en caso de que los alumnos presenten síntomas o estado gripal, no concurran a la escuela para preservar su salud.

La decisión de enviar o no a los alumnos al establecimiento educativo durante la ola de frío queda a cargo de los padres, tutores o responsables legales, y no se computará inasistencia en caso de no concurrencia.

Estas medidas se implementarán durante el mes de julio de 2025.

Las Direcciones Departamentales de Escuelas deben establecer una línea de comunicación directa para consultas.

Las decisiones adoptadas deben ser informadas vía jerárquica al Coordinador de Direcciones Departamentales.

 

Alicia María Fregonese
Presidente
Consejo General de Educación
Entre Ríos

Carla S. Buré
Vocal
Consejo General de Educación
Entre Ríos

Elsa Chapuis
Vocal
Consejo General de Educación
Entre Ríos