Calendario Escolar 2024

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VISTO:

La propuesta de Calendario Escolar de la Provincia de Entre Ríos para el Ciclo Lectivo 2024, para todos los niveles y modalidades de las Instituciones Educativas dependientes del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos; y

CONSIDERANDO:

  • Que el Calendario Escolar es un documento de orientación para la organización de las tareas de las instituciones educativas dependientes del Consejo General de Educación, en lo que respecta a los ámbitos académicos y administrativos;
  • Que se constituye en un documento de trabajo que da el marco a la acción del personal de los distintos niveles educativos y de gestión del Sistema Educativo Provincial;
  • Que los ejes fundamentales que orientan la elaboración de este documento, consideran con carácter central las trayectorias escolares de los estudiantes de todos los niveles y modalidades, protagonistas principales de la educación y la institución escolar como espacio de desarrollo fundamental del proceso educativo;
  • Que es necesario también favorecer el desarrollo profesional de la docencia para fortalecer su formación y el logro de aprendizajes, articulando diferentes programas en todos los niveles y modalidades del sistema educativo;
  • Que en el ciclo 2023 se fijaron políticas educativas integrales tendientes a fortalecer propuestas situadas, focalizadas en el uso del tiempo, el acompañamiento a las trayectorias escolares y el fortalecimiento de la tarea docente; formalizadas en planes y programas como el Programa ALEER, la Propuesta Nueva Escuela Primaria aprobada por Resolución 2828/22 C.G.E, el Programa AcontecER, Resolución 440/22 CGE, el Plan Provincial de Formación Docente Continua aprobado por Resolución 1750/21 y ampliatorias, Resolución N° 2521/23, el Concurso Extraordinario de Antecedentes y Sistema de Oposición dispuesto por Resolución N° 1200/22 C.G.E; el seguimiento de las trayectorias escolares desde el análisis de datos, a partir de la carga del boletín, inasistencias e informe digital, la información arrojada por el Sistema de Alertas Tempranas; la carga y actualización de LUA SAGE y la importación de datos a la base nacional homologada;
  • Que por Resolución del Consejo Federal de Educación N° 451/23 se acuerda que el Calendario Escolar del año 2024 contenga un ciclo lectivo anual mínimo de al menos CIENTO NOVENTA (190) días efectivos de clases;
  • Que la Resolución 1522/21 del CGE aprobó los lincamientos generales para abordar situaciones de inasistencias reiteradas y abandono escolar y la Guía de seguimiento de los y las estudiantes para evitar el abandono escolar con el propósito de viabilizar acciones que permitan re vincular a los y las estudiantes que por diversas razones han interrumpido sus trayectorias;
  • Que por Resolución 2906/20 y 379/21 C.G.E se puso en marcha el Programa Presentes como fortalecimiento a iniciativas socio comunitarias de apoyo escolar y acompañamiento a las trayectorias;
  • Que por Resolución 1426/21 C.G.E se estableció la carga obligatoria de estudiantes, como así también la actualización de los datos de matrícula de todos los niveles y modalidades del sistema educativo con el objetivo de cumplimentar el proceso de nominalización y registro de vinculación del estudiante con la institución e informe de la evaluación pedagógica de la trayectoria educativa.-
  • Que la Resolución 1800/22 C.G.E, establece como medio de comunicación válido y oficial los instrumentos de la evaluación vigentes en el nivel inicial, primario, secundario y sus modalidades, mediante la disposición del procedimiento de carga en formato digital en el Sistema de Administración de la Gestión Educativa (SAGE).
  • Que por Resolución 2521/23 del C.G.E. se dispuso la implementación del Sistema de Alertas Tempranas (SAT) dentro del módulo de Legajo Único de Alumnos en el Sistema de Administración de la Gestión Educativa.
  • Que la Resolución 4740/23 CGE, aprueba las funciones de las configuraciones de apoyo dependientes de la Dirección de Educación Especial y de la Dirección de Educación de Gestión Privada.
  • Que el Plan Nacional de Evaluación Educativa dispuesto por Resolución CFE N° 435/22, se inscribe en los lincamientos estratégicos educativos compartiendo el objetivo de avanzar hacia una educación justa, democrática y de calidad, a través de la sistematización, análisis y difusión de la información sobre la situación de la educación, que fortalezcan la toma de decisiones públicas en todos los niveles de gobierno del sistema educativo.
  • Que el Calendario Escolar debe ser un documento de conocimiento y uso cotidiano de todos los miembros de la comunidad escolar y educativa, porque impacta de modos diferentes en las actividades de cada uno de ellos en su vinculación con la Institución Educativa;
  • Que para la conformación del referido calendario han emitido opinión las distintas Direcciones de Educación, Coordinaciones y Programas del Organismo Central, con el propósito de articular las acciones a desarrollar por los distintos Establecimientos Educativos que funcionan bajo su dependencia en el ámbito provincial;
  • Que corresponde al Consejo General de Educación, como órgano de planeamiento, ejecución y supervisión de las políticas educativas, establecer y aplicar el calendario escolar, conforme lo establecido en el Artículo 166°, inciso h) de la Ley de Educación Provincial N° 9.890;

Por ello;

EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

  • ARTÍCULO 1°.- Aprobar el CALENDARIO ESCOLAR DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS PARA EL CICLO LECTIVO 2024, para todos los Niveles y Modalidades de la Educación, que como Anexos I y II forman parte de la presente Resolución.-

  • ARTÍCULO 2°.- Establecer que el CALENDARIO ESCOLAR regirá para las Instituciones Educativas de Gestión Estatal, Privada, gestión cooperativa y social  provinciales y municipales de los diferentes Niveles y Modalidades que dependen del Consejo General de Educación.-

  • ARTÍCULO 3°.- Disponer que las actividades, encuentros y/o jomadas escolares y  extraescolares, se desarrollarán según figuran en el Anexo I y II.-

  • ARTÍCULO 4°.- Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial y remitir copia a:
    Presidencia, Vocalía, Secretaría General, Jurado de Concursos, Tribunal de Calificaciones y Disciplina, Dirección General de Administración, Dirección General de Liquidaciones y Recursos Humanos, Dirección de Planeamiento Educativo, Direcciones de Educación, Dirección Contable de Programas Nacionales, Dirección de Finanzas, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Informática y Sistemas, Coordinación de Ciencia, Tecnología e Innovación Pedagógica y Coordinación de Ambientes y Contenidos Digitales Educativos Direcciones Departamentales de Escuelas y a través de las mismas a todos los Establecimientos Educativos y remitir las actuaciones a la Dirección de Planeamiento Educativo a sus efectos.-