Circular N° 1/2024 CGE: Medidas de Fuerza Adoptadas por el Transporte Público

PARA: Presidencia, Vocalia, Secretaria General, Direcciones de Nivel, Dirección de Recursos Humanos. Dirección de Asuntos Jurídicos. Dirección de Ajustes y Liquidaciones, Coordinación de Direcciones Departamentales de Escuelas. Dirección Departamental de Escuelas de Paraná, establecimientos educativos.-

FECHA: 15 de Febrero de 2024

ASUNTO: JUSTIFICACIÓN INCONCURRENCIA O LLEGADA FUERA DEL HORARIO DE INGRESO DEBIDO A LAS MEDIDAS DE FUERZA ADOPTADAS POR EL SECTOR DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS

En virtud del Comunicado emitido por la FATAP en relación a la distribución de fondos a las provincias, las empresas de transporte urbano e interurbano disponen un servicio reducido o cortes de servicio en virtud de los costos operativos. Para la provincia de Entre Ríos, en cada Departamento, cada empresa, en relación a sus costos operativos, reduce sus servicios en forma unilateral. En la Ciudad de Paraná, el servicio de transporte tiene una reducción horaria por tiempo indeterminado, que afecta directamente a sus usuarios.

Por lo antes dicho, se prorroga la vigencia de la Circular N° 1/2023 de la Dirección de Recursos Humanos del Consejo General de Educación en la que se determina “…que en lodos aquellos casos en que el agente no posea otros medios para asistir a su lugar de trabajo, debido a medidas de fuerza adoptadas por el sector de transporte público de pasajeros, y resida a 15 o más cuadras de su lugar de trabajo, podrá justificar la inconcurrencia o la llegada fuera del horario de ingreso (contemplación de 1 hora), mediante nota”Se aclara que. el transporte público debe ser el único medio de traslado del agente y, que es condición para justificar la inasistencia o llegada fuera del horario de ingreso establecido, que dicha Nota sea presentada el día de reintegro a sus actividades en el área de personal o ante el Directivo del establecimiento educativo correspondiente.

Por último, se comunica que se autoriza a las distintas reparticiones e instituciones educativas a adoptar horarios flexibles de prestación de servicios, en procura de garantizar el servicio educativo.